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Presentación Norma Ecuatoriana de la Construcción

Estructura

Capítulos de la NEC

Preguntas Frecuentes

Acuerdos y Decretos NEC

NORMA ECUATORIANA DE LA CONSTRUCCIÓN

El Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, MIDUVI -ente rector de hábitat y vivienda a nivel nacional-   formula e impulsa la política habitacional, así como la elaboración de normativa enfocada al desarrollo urbano, la consolidación de las ciudades y el acceso a la vivienda digna.

La NEC debe ser ejecutada de forma obligatoria, como establece el COOTAD, desde el 21 de enero de 2014.

“RESOLUCIÓN DÉCIMO QUINTA, Registro Oficial Nº 166.- Los procesos constructivos que inician a partir de la expedición de la presente reforma, deberán obligatoriamente cumplir con las normas ecuatorianas de la construcción que el ente rector en materia de hábitat y asentamientos humanos expedirá para el efecto. El alcance específico de su aplicación deberá ser detallado en los capítulos de la misma norma.

Los gobiernos autónomos descentralizados municipales o metropolitanos, en atención a consideraciones particulares del cantón, podrán desarrollar normativa técnica adicional y complementaria que regule los procesos constructivos, siempre que el contenido de estas no contravenga ni sea de menor exigibilidad y rigurosidad que los detallados en las normas ecuatorianas de la construcción”

Bajo ese marco y considerando que el Ecuador está geográficamente ubicado en una zona calificada de alto riesgo sísmico -cuya permanente actividad tectónica causa graves daños en varias poblaciones del país- el MIDUVI llevó a cabo un proceso de actualización de la normativa legal, reglamentaria y técnica vigente.   Encomendó a la Cámara de la Industria de la Construcción el desarrollo de varios documentos normativos, a través de la conformación de comités de expertos que contaron con la participación de entidades públicas, especialistas del sector privado, representantes de la academia y asesoramiento internacional.

El proyecto de la Norma Ecuatoriana de la Construcción,  NEC -promovido por el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda- a través de la Subsecretaría de Hábitat y Asentamientos Humanos, se basa  en el Decreto Ejecutivo No.705, del 24 de marzo de 2011, que dispone actualizar el Código Ecuatoriano de la Construcción (1996) suscrito por medio de Decreto Ejecutivo No.3970.

Este decreto  tiene como objetivo principal regular los procesos que permitan cumplir con las exigencias básicas de seguridad y calidad en todo tipo de edificaciones como consecuencia de las características del proyecto, la construcción, el uso y el mantenimiento, especificando parámetros, objetivos y procedimientos con base a los siguientes criterios:

(i) Establecer parámetros mínimos de seguridad y salud
(ii)  Mejorar los mecanismos de control y mantenimiento
(iii) Definir principios de diseño y montaje con niveles mínimos de calidad
(iv)  Reducir el consumo energético y mejorar la eficiencia energética
(v)   Abogar por el cumplimiento de los principios básicos de habitabilidad
(vi)  Fijar responsabilidades, obligaciones y derechos de los actores involucrados

La NEC pretende dar respuesta a la demanda de la sociedad en cuanto a la mejora de la calidad en la edificación, proteger al usuario y fomentar el desarrollo sostenible. Este cuerpo normativo se aplicará para edificios de nueva construcción, obras de ampliación, reformas o rehabilitación y determinadas construcciones protegidas desde el punto de vista ambiental, histórico o artístico.